Constitucional

Artículo 101 de la Constitución Política de Chile, que define la composición y funcione…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 101 de la Constitución Política de Chile, que define la composición y funciones de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada, Fuerza Aérea) para la defensa nacional, y de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública (Carabineros, Investigaciones, Gendarmería) para el orden público interior. Establece que son cuerpos armados obedientes, no deliberantes, profesionales, jerarquizados y disciplinados, dependientes de los ministerios respectivos.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.