Resumen del criterio jurisprudencial
Este artículo del Código de Aguas chileno establece las atribuciones de la Dirección General de Aguas, incluyendo planificación del recurso hídrico, monitoreo de calidad y cantidad, vigilancia de cauces, prevención de extracciones sin título, y supervisión de organizaciones de usuarios. También le faculta para requerir auxilio de la fuerza pública y declarar alertas de amenaza hídrica.