Resumen del criterio jurisprudencial
Estableció que la legislación nacional y los convenios internacionales no contemplan excepciones que legitimen agresiones contra menores bajo fines pedagógicos. Al invalidar una sentencia que justificaba bofetadas y maltratos como una facultad de los progenitores, el tribunal reafirmó que la minoría de edad de las víctimas y el vínculo de parentesco constituyen agravantes penales, descartando que el castigo físico en estos contextos sea lícito.