Resumen del criterio jurisprudencial
El dictamen precisa que el Ministerio del Medio Ambiente, mediante decreto supremo y con informe técnico de los organismos competentes, puede establecer nuevas áreas protegidas del Estado y privadas, garantizando la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y la preservación de la biodiversidad, incluso antes de que entre en funcionamiento el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y sin necesidad de los reglamentos pendientes.