Resumen del criterio jurisprudencial
El artículo 69 del Código Tributario regula el aviso de término de giro o de actividades que deben presentar los contribuyentes al Servicio de Impuestos Internos, estableciendo la obligación de declarar mediante la carpeta tributaria electrónica, adjuntar balance de término de giro y pagar los impuestos dentro de dos meses. Detalla los plazos de revisión del Servicio (seis meses, prorrogables en ciertos casos), las causales de término del procedimiento, la presunción legal de término de giro por