Administrativo

Artículo 130 de la Ley 18.834 (Estatuto Administrativo) regula el sumario administrativ…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 130 de la Ley 18.834 (Estatuto Administrativo) regula el sumario administrativo: designación de un actuario como ministro de fe, posible fiscal ad-hoc para diligencias fuera de la ciudad, y formalidades del expediente, que debe ser foliado y firmado por el fiscal y el actuario.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.