El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido por G.Q.R. en contra de la C…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió el amparo deducido por G.Q.R. en contra de la Comisión para el Mercado Financiero, ordenando la entrega de una nómina de entidades financieras o bancarias autorizadas para realizar operaciones de lease back en Chile. El requirente solicitó dicha información el 14 de agosto de 2022, siendo rechazada por la CMF mediante Oficio Ordinario N° 69301 del 7 de septiembre de 2022. El Consejo determinó que se trata de información de naturaleza pública respecto de la cual la reclamada no acreditó su inexistencia conforme a la Instrucción General N° 10. La decisión fue adoptada en sesión ordinaria N° 1344 del Consejo Directivo celebrada el 28 de febrero de 2023, aplicando las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública.
Normas citadas
Artículo 5°, inciso 2°, Constitución Política de la República
Artículo 8°, Constitución Política de la República
Artículo 19 N° 12, Constitución Política de la República
Ley N° 19.880 (Bases de los procedimientos administrativos)
Decreto Supremo N° 13 de 2009 (Reglamento Ley N° 20.285)
Decreto Supremo N° 20 de 2009 (Reglamento Ley N° 20.285)
Instrucción General N° 10 del Consejo para la Transparencia, numeral 2.3
Artículo 21 N° 1, Ley de Transparencia
acceso a información públicatransparenciaamparoComisión para el Mercado Financierolease backinformación de naturaleza públicaderecho de accesoprocedimiento administrativo
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.