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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la baja de un funcionario de…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la baja de un funcionario de Carabineros de Chile por conducta mala, con efectos inmediatos, decisión confirmada en reclamación por el General Director. El recurrente cuestionaba la valoración de la prueba del sumario administrativo y sostenía que su eliminación sólo podía fundarse en la letra b) del N° 4 del artículo 127 del Reglamento de Selección y Ascensos, al no haber condena judicial. El organismo señaló que el mérito de los antecedentes corresponde a quien sustancia el sumario y a la autoridad disciplinaria, y que no constaba ilegalidad o arbitrariedad. Agregó que el inciso quinto de ese numeral permite desvincular de inmediato al funcionario cuando su falta hace inconveniente su permanencia y existe confesión o evidencia de su participación, y que la sanción administrativa es independiente de la responsabilidad civil y penal, según el artículo 13 del Reglamento de Disciplina. En consecuencia, concluyó que la baja se ajustó a derecho.

Normas citadas

  • dto 5193/59 inter art/127 num/4 lt/b
  • dto 900/67 inter art/13 inc/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede Carabineros dar de baja a un funcionario por conducta mala sin que exista condena judicial?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que la baja se ajustó a derecho. Señaló que el inciso quinto del N° 4 del artículo 127 del Reglamento de Selección y Ascensos permite desvincular de inmediato cuando la falta hace inconveniente la permanencia y existe confesión o evidencia de participación, y que la sanción administrativa es independiente de la responsabilidad civil y penal.

¿Quién determina el mérito de la prueba en un sumario administrativo de Carabineros?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el mérito de los antecedentes corresponde a quien sustancia el sumario y a la autoridad disciplinaria. Como no constaba ilegalidad ni arbitrariedad, no revisó la valoración de la prueba cuestionada por el recurrente.

¿La sanción disciplinaria de baja depende de que haya responsabilidad penal o civil del funcionario?

En este caso, la Contraloría indicó que la sanción administrativa es independiente de la responsabilidad civil y penal, según el artículo 13 del Reglamento de Disciplina. Por ello, la baja por conducta mala se mantuvo aunque no hubiera condena judicial.

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