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Ricardo Maugard Godoy interpuso un recurso de protección en favor de su cónyuge, Luisa…

Resumen del criterio jurisprudencial

Ricardo Maugard Godoy interpuso un recurso de protección en favor de su cónyuge, Luisa Cuellar Farías, contra el Hospital Regional Dr. Juan Noe y FONASA, por la omisión de gestionar su hospitalización bajo la Modalidad de Atención Institucional (MAI) en la red pública, pese a su estado crítico. Los recurridos alegaron que la paciente ingresó voluntariamente a una clínica privada para una cirugía electiva y que el rescate solo procede en urgencias vitales certificadas. La Corte de Apelaciones acogió la acción, pero FONASA y el hospital apelaron. Durante la tramitación, la paciente falleció. La Corte Suprema revocó la sentencia y rechazó el recurso, señalando que la acción de protección tiene naturaleza cautelar y no es la vía idónea para resolver controversias sobre costos y coberturas del sistema de salud, especialmente cuando la paciente ha fallecido y no existen medidas cautelares que adoptar. El tribunal concluyó que la determinación de responsabilidades financieras debe efectuarse en un juicio de lato conocimiento.

Recurso de protecciónHospital públicoHospitalizaciónAcción de naturaleza cautelarTraslado de pacienteSalud FísicaFallecimiento de persona en cuyo favor se recurreExcede el recurso de protección

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.