Resumen del criterio jurisprudencial
N° D264 Fecha: 08- I. Antecedentes La Municipalidad de Conchalí consulta si, dentro del ámbito de atribuciones que la ley les confiere a las entidades edilicias, puede regular mediante una ordenanza el horario de funcionamiento de las peluquerías y/o barberías que se encuentran dentro de esa comuna tal como, según expresa, lo habría hecho la Municipalidad de Independencia. Requerida al efecto, la Municipalidad de Independencia informó, en síntesis, que su ordenanza sobre funcionamiento de barberías y peluquerías se ajusta a la legalidad. Por su parte, la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo no evacuó su informe en el plazo otorgado, por lo que se emitirá el presente pronunciamiento con prescindencia de ese antecedente. II. Fundamento jurídico De acuerdo con el