Se interpone requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal…
Sentencia · Corte de Apelaciones · 2023
Resumen
Se interpone requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional en contra del artículo 1° inciso 2º de la Ley N.º 18.216 y los artículos 3 y 13 de la Ley Nº 17.798, en un proceso penal seguido ante el 5° Juzgado de Garantía de Santiago por presunto delito de porte de arma prohibida. El imputado fue detenido el 22 de enero de 2022 en la comuna de Cerro Navia portando una pistola modificada tipo BBM modelo GAP calibre 9mm con municiones. Se alega que la aplicación concreta de estas normas infringe los artículos 1° y 19 numerales 2° y 3° de la Constitución Política, así como tratados internacionales de derechos humanos. Se solicita la suspensión del procedimiento penal mientras se resuelve la inaplicabilidad.
Normas citadas
Artículo 1° inciso 2º de la Ley N.º 18.216
Artículos 3 y 13 de la Ley Nº 17.798
Artículos 1° y 19 numerales 2° y 3° de la Constitución Política de la República
Artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana de Derechos Humanos
Artículos 2.1 y 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Artículo 93 N° 6 de la Constitución Política de la República
Artículo 32 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
inaplicabilidad por inconstitucionalidadporte de arma prohibidaderechos fundamentalestratados internacionalessuspensión de procedimientocontrol de constitucionalidadarma de fuego modificadagarantías procesales
Lee el documento completo
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.