Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Orgánico de Tribunales que regula las atribuciones del juez en las visitas a establecimientos carcelarios. Dispone que, si detecta abusos o defectos corregibles dentro de sus facultades, debe impartir las órdenes pertinentes, y opcionalmente puede hacer representaciones al Presidente de la República en favor de algún recluso o respecto del establecimiento.