TributarioRechaza

No se puede dar por acreditada la pérdida por la venta de una maquinaria que fue vendid…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2015

Resumen

No se puede dar por acreditada la pérdida por la venta de una maquinaria que fue vendida en menor valor al de adquisición porque este bien no aparece registrado en el libro auxiliar de activos fijos desde donde pudieras conocerse fehacientemente el valor de adquisición, la corrección monetaria, la pérdida y, en general, todos los eventos que afectan al bien a lo largo de la vida útil. en cuanto a lo que se refiere a la devolución que hizo el contribuyente de una maquinaria que adquirió vía leasing, es correcto que el servicio rechace la depreciación de este bien, pues se trata de un bien que no le pertenece. solamente el contribuyente tenía derecho a deducir como gasto el valor de las cuotas pagadas, pero este intento no pudo prosperar en esta instancia porque quiso deducir el gasto de cuotas pagadas en ejercicios comerciales anteriores y porque las cuotas pagadas en el periodo liquidado no fueron debidamente acreditadas..

Normas citadas

  • Código Tributario
  • Ley Sobre Impuesto a la Renta
  • Artículo 132 del Código Tributario
  • Código de Procedimiento Civil
  • Artículo 131 bis del Código Tributario

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis: 5 consultas y 5 créditos de regalo, sin tarjeta de crédito.

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.