Administrativo

Artículo 24 de la Ley 19.880 establece plazos dentro del procedimiento administrativo:…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo 24 de la Ley 19.880 establece plazos dentro del procedimiento administrativo: recepción y derivación de documentos en 24 horas, providencias de mero trámite en 48 horas, informes y dictámenes en 10 días, y decisiones definitivas en 20 días. La demora injustificada en certificar el estado de resolución genera responsabilidad administrativa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.