Administrativo

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que define las funciones…

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades que define las funciones de la unidad de desarrollo comunitario. Establece que debe asesorar al alcalde y concejo, prestar asistencia técnica a organizaciones comunitarias y ejecutar acciones en áreas como salud, medio ambiente, educación y fomento productivo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.