Resumen
La exigencia de fundamentación plausible para la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad (artículo 84, N° 6, de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política) requiere que se exponga circunstanciadamente la aptitud del o de los preceptos legales objetados para contrariar la Constitución en su aplicación al caso concreto, demostrando la contradicción directa, clara y precisa entre la norma legal y la Constitución, y no limitándose a alegaciones de mera legalidad o a problemáticas que puedan ser resueltas por las vías recursivas ordinarias, ya que el objetivo del requerimiento es garantizar la supremacía constitucional (STC roles N°s 482, 483, 484, 485, 490, 491, 492, 494, 1665, 1708, 1839, 1866, 1935, 1936, 1937, 1938, 2017, 2050, 2072, 2088, 2089, 2090, 2227, 2349, 2494, 2549, 2622, 2630 y 2807, 4696, c. 10°; 5124, c. 18°; y 5187, c. 4°). La falta de una fundamentación plausible, con argumentos genéricos y abstractos sin concretar un conflicto constitucional en el caso específico, lleva a la inadmisibilidad del requerimiento, especialmente si se cuestiona una sanción penal que tiene fundamento razonable en la ley, sin demostrar un agravio constitucional por parte del requirente.