Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Concepción conoció del recurso de nulidad interpuesto por la demandada Sociedad Concesionaria Grupo Dos S.A. contra la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción que acogió la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo presentada por Ana Elizabeth Díaz Pardo. El recurso se fundó en la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, alegando infracción manifiesta a las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. La recurrente sostuvo que el tribunal de base concluyó la existencia del accidente laboral basándose en inferencias sin sustento suficiente, confundiendo la acreditación de una declaración con la demostración del hecho, y prescindiendo injustificadamente de la prueba técnica de la Mutual de Seguridad que descartaba el origen laboral. La Corte analizó la sentencia impugnada y determinó que el razonamiento del juez fue explícito, coherente y racional, y que la discrepancia sobre el peso de la prueba no constituye una infracción a la sana crítica. En consecuencia, rechazó el recurso de nulidad, confirmando la sentencia de primera instancia.