Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Comercio chileno sobre el procedimiento para constituir un fondo de limitación de responsabilidad en el comercio marítimo. Establece que la compensación entre créditos derivados del mismo siniestro se aplica solo al saldo resultante, prohibiendo otros casos de compensación. Regula la relación entre el limitante de responsabilidad y sus acreedores en este contexto.