Resumen del criterio jurisprudencial
Ley SANNA. Tratándose de Accidente grave con riesgo de muerte o de secuela funcional grave y permanente, la licencia médica sólo podrá otorgarse a partir del día décimo primero de ocurrido el accidente, debido a que hasta el día décimo debe utilizarse el derecho establecido en el inciso primero del artículo 199 bis del Código del Trabajo, con cargo a feriados, días administrativos u otras formas allí señaladas.