Resumen del criterio jurisprudencial
Los comuneros de un inmueble ubicado en calle San Pablo 1074 Local 2 de Santiago presentaron un reclamo tributario contra la Tasación General del Servicio de Impuestos Internos. El tribunal, mediante resolución de 22 de julio de 2013, apercibió a los reclamantes para que subsanaran omisiones en su presentación dentro de quince días, bajo apercibimiento de tener por no presentado el reclamo. La resolución se notificó por publicación en el sitio web del tribunal. Dentro del plazo, solo uno de los reclamantes, Agustín Basora Fernández, ratificó su firma ante el secretario. Los otros dos reclamantes, José Antonio Basora Fernández y Josefa Fernández Hidalgo, ratificaron fuera del plazo. El tribunal consideró que el plazo era fatal y que no se cumplió íntegramente con lo ordenado, por lo que hizo efectivo el apercibimiento. En consecuencia, se resolvió tener por no presentado el reclamo tributario. La decisión se fundó en los artículos 125 del Código Tributario y 64 del Código de Procedimiento Civil.