Resumen del criterio jurisprudencial
Plazo extraordinario para postular a los beneficios que indica el artículo 55 de la ley N° 21.405, es aplicable a todos los funcionarios municipales que cumplan los requisitos.
Plazo extraordinario para postular a los beneficios que indica el artículo 55 de la ley N° 21.405, es aplicable a todos los funcionarios municipales que cumplan los requisitos.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.