Resumen
Doña C.H.F., en representación de veinte‑y‑dos mujeres venezolanas embarazadas o con hijos menores, interpuso recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la desactivación de la opción digital que permite solicitar el Permiso Especial para Mujeres Extranjeras en Situación de Embarazo. La parte recurrente alegó que la medida constituye una omisión ilegal y arbitraria que vulnera los derechos a la integridad física y psíquica, igualdad ante la ley, debido proceso y la protección especial a la maternidad e infancia consagrados en la Constitución y la Ley N° 21.325. El Servicio respondió que el artículo 43 del DS N° 177 de 2022 exige que la solicitante cuente con permiso de permanencia transitoria o residencia temporal, y que la desactivación se debió a detección de falsificaciones. El tribunal consideró que la normativa no excluye a mujeres que ingresaron irregularmente cuando existen razones humanitarias y que la justificación administrativa no supera la vulneración de garantías constitucionales. En consecuencia, se acogió la acción de protección y se ordenó al Servicio habilitar nuevamente la vía digital para que las recurrentes puedan presentar sus solicitudes. La decisión se tomó sin costas y con fundamento en los artículos 19 y 20 de la Constitución, la Ley N° 19.880, la Ley N° 21.325 y el DS N° 177 de 2022.