Laboral

1) La Corporación Municipal de Lo Prado ha estado impedida de clasificar automáticament…

Resumen del criterio jurisprudencial

1) La Corporación Municipal de Lo Prado ha estado impedida de clasificar automáticamente a un funcionario en la categoría b) Otros Profesionales que prevé el artículo 5° de la ley 19.378, ´porque para acceder a las categorías contempladas por la citada disposición, debe convocarse a previo consurso público de antecedentes, siempre que existan horas vacantes en la categoría y el funcionario cumple con los requisitos exigidos para ser clasificado en ella. 2) La asignación de las nuevas funciones del mismo trabajador como asistente social, no hacen presumir la renuncia a la titularidad que le otorga su actual contrato indefinido, porque el reconocimiento del título profesional que originó las nuevas funciones, sólo produce el efecto jurídico de acceder a la categoría superior respectiva, en los términos señalados en el cuerpo del presente informe.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.