Resumen del criterio jurisprudencial
Reclamo en contra de giro emitido ante término de giro del contribuyente. se alega que se le aplicó un impuesto improcedente, ya que sólo aplica para disolución de sociedades cuyos socios son personas naturales, lo que no se da en el caso. se alega demás de que se emitió sin que lo precediera la respectiva liquidación no sienddo uno de los casos legales en que se permite dicha situación. del mérito del proceso se estableció que no estamos en los casos en que se autoriza al s.i.i. a emitir un giro sin liquidación previa y no contiene todos los elementos para su acertada inteligencia por lo que se acogió el reclamo y se dejó sin efecto el giro.