Resumen del criterio jurisprudencial
Un contribuyente reclama en contra de una notificación de infracción cursada por el servicio de impuestos internos por la supuesta no emisión de documentos que se habría producido en dos dias consecutivos por ventas de bienes del giro. señala que no ha incurrido en la infracción denunciada por cuanto al fiscalizarsele se le encontraron diferencias en caja pero que corresponde a dinero deja de un día para otro para tener sencillo y en ningun caso corresponde a ventas no boleteadas. el tribunal en base a los antecedentes que obran en el proceso, llega a la convicción que en el presente caso se han realizado ventas que no han sido boleteadas, basado principalmente en la prueba confesional rendida, por lo que procede a confirmar la denucia reclamada.