Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código de Justicia Militar que regula el procedimiento penal militar en tiempo de paz, específicamente la etapa de plenario. Establece que, una vez elevada la causa a plenario, el Fiscal debe poner los autos en conocimiento de los inculpados para que, en un plazo de seis días, respondan a los cargos formulados en su contra.