Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso declaró por no presentada la reclamación interpuesta por una asociación gremial de taxis colectivos contra el Servicio de Impuestos Internos, debido a que el reclamante no cumplió con lo ordenado a fojas 14, consistente en precisar las causales en que se fundaba el reclamo ni las peticiones concretas sometidas a decisión del tribunal. Transcurrido el plazo conferido sin dar íntegro cumplimiento, el juez aplicó los artículos 149, 151 y 125 del Código Tributario, teniendo por no presentada la reclamación para todos los efectos legales. La resolución se notificó y registró, ordenándose el archivo del expediente. No se dictó sentencia sobre el fondo del asunto.