Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal no acoge un reclamo presentado por un contribuyente que señala que al estar beneficiado por una tributación simplificada en el iva, esto lo exime de declarar impuesto a la renta. al analizar las pruebas presentadas por las partes se puede apreciar que efectivamente le beneficia una tributación simplificada en el iva establecida mediante resolución del director regional de impuestos internos correspondiente en uso de las facultades contenidas en el articulo 6 letra b n° 5 del c.t., sin embargo, el contribuyente no goza de ninguna exención de la obligacion de presentar declaciones de impuesto a la renta, y de pagar el impuesto correspondiente, conforme a una tributación simplificada establecida en el artículo 14 ter de la ley de la renta, por lo que se confirma la liquidación practicada.