Laboral

La vigencia de los contratos colectivos se cuenta a partir del día siguiente al de la f…

Resumen del criterio jurisprudencial

La vigencia de los contratos colectivos se cuenta a partir del día siguiente al de la fecha de vencimiento del contrato colectivo o fallo arbitral anterior.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.