Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge parcialmente el amparo deducido en contra del Hospital Dr. Sótero del Río, ordenando la entrega de información referida a las cirugías de reversión de colostomía temporal que se llevaron a cabo en el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río durante los años 2023 y 2024 y de información referida a la lista de espera para cirugía de reversión de colostomía temporal en el Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río a la fecha actual (febrero 2025), en ambos casos con indicación de sexo, previsión, comuna de procedencia y tiempo de espera. Lo anterior, por cuanto se trata de información de naturaleza pública y estadística cuya entrega no permite la identificación de sus titulares. Se deberá tarjar cualquier otro dato personal y sensible que pudiera estar incorporado en la documentación requerida. Con todo, en el evento de no existir algunos de estos antecedentes, se deberá explicar y acreditar dicha situación en forma pormenorizada en sede de cumplimiento, de conformidad a la normativa aplicable en la especie. Se rechaza la entrega del nombre de los pacientes por configurarse la causal de reserva de afectación de los derechos de las personas.