Resumen del criterio jurisprudencial
Dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social que, ante la situación de fuerza mayor por el Covid-19, imparte instrucciones a las mutualidades de empleadores regidas por la Ley 16.744 sobre la realización de sus Juntas Generales de Adherentes. Señala que no hay impedimento para celebrarlas por vía remota, siempre que se garantice la confiabilidad de la comunicación, asistencia, votaciones y firma de actas, o bien para postergarlas si no se cuenta con medios electrónicos idóneos.