Laboral

Los trabajadores a quienes la empresa Studio Cuatro ha otorgado beneficios en la misma…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los trabajadores a quienes la empresa Studio Cuatro ha otorgado beneficios en la misma fecha de entrada en vigencia del contrato colectivo con el Sindicato de Trabajadores de dicha empresa, no se encuentran obligados a efectuar el aporte de la cuota establecido en el art. 346 del Código del Trabajo.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.