Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, acoge el reclamo interpuesto por el contribuyente en contra de las liquidaciones n°s 92 y 93 de fecha 28.08.2015, emitidas por el servicio de impuestos internos, atendido que del examen del proceso aparece que no se hace posible dar aplicación a las especiales normas de prescripción extraordinaria contempladas en el inciso 2º del artículo 200 del código tributario, puesto que en la especie no han concurrido las excepcionales circunstancias exigidas por dicha norma, apareciendo que la acción fiscalizadora se encontraba prescrita al tiempo de notificación de las actuaciones reclamadas, motivo por el cual se decreta la anulación de los actos reclamados. la ilustrísima corte de apelaciones de valparaíso, en sentencia de fecha 17.01.2018, rol tributario y aduanero n° 50-201, acoge el recurso interpuesto, revoca la sentencia apelada y ordena al juez a quo no inhabilitado pronunciarse sobre el fondo de la acción deducida. la excelentísima corte suprema, en sentencia de fecha 02.03.2020,, rechaza el recurso de casación en la forma y acoge el recurso de casación en el fondo deducido por la parte reclamante, dictando sentencia de reemplazo y confirmando el fallo de primera instancia.