Resumen del criterio jurisprudencial
Tratándose de documentos digitalizados el sii tiene un plazo de 3 días para entregar las copias de esos documentos. si las entrega fuera de plazo genera una vulneración al derecho del contribuyente. por lo tanto, es innecesario que quien solicita las copias deba además sufrir un daño para que se produzca la vulneración. la omisión de entregar las copias se mantiene en el tiempo y, en consecuencia, no existe un momento específico a partir del cual se pueda computar el plazo para que el contribuyente presente el reclamo. sostener lo contrario induciría al servicio a responder fuera de los plazos que se autoimpuso, aprovechándose de su propia falta de diligencia.