Comercial

Artículo del Código de Comercio chileno sobre mandato comercial.

Resumen del criterio jurisprudencial

Artículo del Código de Comercio chileno sobre mandato comercial. Establece que el comisionista tiene autorización implícita para delegar si está impedido de actuar y hay peligro en la demora; de lo contrario, debe avisar al comitente y esperar órdenes.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.