Resumen del criterio jurisprudencial
El recurrente, Marcelo Antonio Grez Semler, interpuso un recurso de protección contra Isapre Colmena Golden Cross S.A. por no equiparar la cobertura de prestaciones de salud mental a la de salud física, lo que consideró arbitrario e ilegal. La Isapre argumentó que el contrato era anterior a la Ley N° 21.331 y que dicha ley no tiene efecto retroactivo, además de sostener la existencia de un procedimiento especial ante la Superintendencia de Salud. La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso, señalando que los contratos de salud deben ajustarse a las normas vigentes y que las restricciones a la cobertura de salud mental son ilegales por vulnerar el principio de igualdad. El tribunal ordenó a la Isapre realizar los ajustes necesarios para equiparar las coberturas, sin costas. La decisión se fundamentó en la Ley N° 21.331 y en el artículo 19 N° 2 de la Constitución, que prohíbe la discriminación arbitraria. Se rechazaron los argumentos de la Isapre sobre la irretroactividad de la ley y la existencia de un procedimiento administrativo previo.