Resumen
La Comunidad Indígena Colla Tata Inti del P.L.L. solicitó la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas basada en el artículo 2° transitorio del Código de Aguas y en normativa indígena (Ley N° 19.253 y Convenio 169 OIT). La Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó el rechazo de primera instancia por falta de acreditación del uso continuo y consuetudinario por más de cinco años antes del Código de Aguas, así como por contradicciones en la prueba sobre los puntos de captación y caudales. La comunidad recurrió en casación ante la Corte Suprema, denunciando infracción de normas legales y falta de aplicación de la ley indígena. La Corte Suprema desestimó el recurso al considerar que la recurrente cuestionaba los hechos establecidos por los jueces de instancia, sin denunciar infracción a normas reguladoras de la prueba. Se confirmó que el uso ancestral aislado no basta para individualizar los derechos solicitados y que no se acreditó la existencia de obras de captación ni continuidad temporal del uso.