Resumen del criterio jurisprudencial
El Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso, mediante sentencia de 13 de noviembre de 2013, tuvo por no presentada la reclamación interpuesta por Falk Salazar en contra del Servicio de Impuestos Internos. Ello, por cuanto el reclamante no dio íntegro cumplimiento a lo ordenado a fojas 24, consistente en hacer coincidir la suma reclamada con el cuerpo del libelo. El tribunal aplicó el artículo 125 del Código Tributario, que establece que si no se subsana la omisión dentro del plazo conferido, se tendrá por no presentada la reclamación. En consecuencia, se ordenó notificar, registrar, certificar y archivar la causa. La decisión fue pronunciada por el juez titular Francisco Orellana Rivera y autorizada por la secretaria abogada Lily Paola Feliú Azzar. No se registran votos disidentes.