Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció un reclamo de ilegalidad interpuesto por Orsan Compañía de Seguros S.A. contra la Comisión para el Mercado Financiero (CMF). La CMF, mediante el Oficio Reservado N°8165 de 16 de enero de 2024 y la Resolución Exenta Reservada N°1745 de 13 de febrero de 2024, exigió a Orsan constituir una reserva de siniestros por el total del monto asegurado ante la sola denuncia del siniestro, en relación con pólizas a primer requerimiento. Orsan sostuvo que dichos actos eran ilegales por imponer un requisito diverso al establecido en la Norma de Carácter General N°306 de 2011, sin ser el instrumento legalmente idóneo. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el reclamo, pero la Corte Suprema revocó esa decisión. El máximo tribunal consideró que la CMF actuó fuera de su potestad normativa, ya que la regulación de las reservas técnicas debe hacerse mediante normas de carácter general, no mediante actos reservados. Además, se configuró una diferencia de tratamiento arbitraria respecto de otra compañía de seguros. En consecuencia, se acogió el reclamo y se dejaron sin efecto los actos impugnados.