Resumen del criterio jurisprudencial
La recurrente, de nacionalidad venezolana, interpuso un recurso de protección contra el Servicio Nacional de Migraciones por la demora en emitir el decreto de nacionalización, tras haber solicitado la carta de nacionalización el 30 de enero de 2023. Alegó vulneración de la igualdad ante la ley y principios administrativos, señalando que el procedimiento excedió el plazo legal de 6 meses. El Servicio informó que la solicitud estaba en etapa de resolución y que la recurrente contaba con residencia definitiva, sin perjuicio. La Corte rechazó el recurso, argumentando que la nacionalización es una concesión graciable y que la demora no afecta su estatus migratorio. Un abogado integrante previno que existe un derecho a una respuesta oportuna, pero no a la concesión automática. Se ordenó archivar la causa sin costas.