Penal

El documento analiza la competencia de los tribunales militares en tiempo de paz respec…

Sentencia · Corte Suprema

Resumen

El documento analiza la competencia de los tribunales militares en tiempo de paz respecto a delitos comunes cometidos por funcionarios del Ejército. Se establece que los juzgados militares constituyen tribunales especiales cuya competencia debe interpretarse de forma restringida. Un delito común cometido por un militar fuera de los actos de servicio, como lanzar una piedra sin verificar si hay personas, no puede ser calificado como acto de servicio militar. La sola circunstancia de encontrarse en servicio activo no es suficiente para trasladar la competencia a la judicatura especial. La justicia ordinaria ofrece mayores garantías procesales tanto para la víctima como para el imputado.

Normas citadas

  • Artículo 6º del Código de Justicia Militar
  • Artículo 19 Nº 3 de la Constitución Política de la República
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