Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo de la ley chilena de seguro de cesantía que regula los límites máximos y mínimos de inversión de los recursos de los Fondos de Cesantía y de Cesantía Solidario, facultando al Banco Central de Chile para fijarlos dentro de rangos determinados según tipo de instrumento. Establece requisitos de clasificación de riesgo, condiciones de elegibilidad y excepciones para la adquisición de títulos nacionales y extranjeros por parte de dichos fondos.