Resumen del criterio jurisprudencial
N° D407 Fecha: 04- I. Antecedentes. El Prosecretario subrogante de la Cámara de Diputadas y Diputados, a requerimiento del H. Diputado señor Mario Olavarría Rodríguez, solicita un pronunciamiento sobre la factibilidad legal, administrativa y financiera de proceder con el traspaso del servicio educativo de las comunas de Colina, Lampa y Tiltil al Servicio Local de Educación Pública Chacabuco -SLEP-, en el marco de la ley N° 21.040. Expone, que las Corporaciones Municipales de Desarrollo Social de Lampa y de Tiltil no cuentan con información contable fidedigna ni con capacidad para cuantificar sus pasivos contingentes, por lo que requiere determinar las medidas de resguardo que debe exigir la autoridad competente para evitar que el respectivo servicio SLEP asuma pasivos. Además, co