Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo del Código Penal chileno que sanciona a empleados públicos que apliquen, ordenen o consientan apremios ilegítimos o tratos crueles, inhumanos o degradantes que no constituyan tortura. Establece penas de presidio y accesorias, con aumento si la víctima es menor de edad o vulnerable. Excluye molestias derivadas de sanciones legales o actos legítimos de autoridad.