Resumen del criterio jurisprudencial
Artículo 382 del Código Civil chileno que regula el inventario previo al ejercicio de la tutela o curaduría. Establece que debe detallar todos los bienes raíces y muebles del pupilo, individualizándolos o agrupándolos según su naturaleza, e incluir títulos de propiedad, escrituras, créditos, deudas y objetos presentes, exceptuando aquellos sin valor o que deban destruirse.