Resumen del criterio jurisprudencial
devuelve nuevamente resolucion de la direccion general de aguas que autoriza a empresa, puntos alternativos de captacion y de restitucion de derecho de aprovechamiento de aguas otorgado por la misma direccion en 1982. ello, porque el acto que otorgara el derecho, al estar cumplido integramente por haberse reducido a escritura publica e inscrito en el correspondiente registro, no puede modificarse por via administrativa. si bien el codigo de aguas en vigor faculta a la autoridad administrativa para autorizar a un titular de merced de agua ya inscrita, para captar y restituir el recurso en puntos alternativos distintos a los originalmente concedidos, la resolucion examinada no se basa en las normas pertinentes y no se refiere especificamente a una de ellas, lo que es esencial para conocer el