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La resolución del Tribunal Constitucional en el Rol N° establece como Ratio Decidendi q…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2010

Resumen

La resolución del Tribunal Constitucional en el Rol N° establece como Ratio Decidendi que el artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216 es inaplicable en el caso concreto, al considerar que la disposición que restringe la aplicación de penas sustitutivas de privación de libertad resulta desproporcionada e inequitativa, vulnerando los principios constitucionales de proporcionalidad, igualdad ante la ley y racionalidad en la aplicación de penas, consagrados en los artículos 19 N°s 2° y 3° de la Constitución. Se argumenta que el ius puniendi del Estado no es absoluto y debe respetar la dignidad humana, limitándose a los casos estrictamente necesarios y para conductas delictivas graves, priorizando la reinserción social de los condenados y la protección de las víctimas. Asimismo, se destaca que las penas sustitutivas no constituyen un beneficio, sino sanciones que restringen derechos personales y buscan la rehabilitación del condenado, siendo más eficaces que la privación de libertad para equilibrar los derechos de los delincuentes, las víctimas y la sociedad. Como Obiter Dicta, se menciona que la exclusión total de ciertos delitos de los beneficios de la Ley N° 18.216 vulnera el estándar de racionalidad y justicia, ya que el quantum de la pena es un criterio objetivo para determinar la gravedad del delito, y su desproporción respecto de otros delitos excluidos de las penas sustitutivas refuerza la irracionalidad de la norma. También se señala que la finalidad de las penas debe interpretarse conforme a criterios sistemáticos y teleológicos, no exclusivamente literales, y que la constitucionalización del derecho penal exige que las normas penales respeten principios como la humanidad y la proporcionalidad. Finalmente, se enfatiza que las penas sustitutivas, como la libertad vigilada intensiva, son medidas punitivas legítimas que no implican impunidad, sino una forma racional de cumplir con los fines del sistema penal.

Normas citadas

  • Constitución Política, artículo 19, inciso segundo, numeral 3
  • Constitución Política, artículo 19, inciso cuarto, numeral 9
  • Constitución Política, artículo 19, inciso cuarto, numeral 24
  • Constitución Política, artículo 21, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 7, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 8, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 7, inciso tercero
  • Constitución Política, artículo 8, inciso tercero
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