Resumen del criterio jurisprudencial
El caso se origina por una demanda de infracción a derechos de propiedad industrial presentada por GEOBRUGG AG contra PACIFIC MINING PARTS CHILE SPA, solicitando la suspensión del despacho de mercancías que presuntamente infringían sus patentes. El tribunal de primera instancia acogió la excepción de incompetencia promovida por la demandada, declarándose incompetente por aplicación de las reglas generales de competencia según el domicilio del demandado. La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó dicha decisión. La demandante dedujo recurso de casación en el fondo, alegando que el juez que decretó la medida de frontera debía conocer también del juicio posterior conforme a los artículos 6 y 7 de la Ley N°19.912 y el artículo 178 del Código Orgánico de Tribunales. La Corte Suprema acogió el recurso, estableciendo que la medida de frontera tiene carácter prejudicial y que el mismo tribunal que la concedió es competente para conocer de la acción civil, constituyendo una excepción a las reglas generales de competencia. La sentencia contó con un voto disidente.