Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal desestimó el reclamo de ilegalidad interpuesto por una sociedad inmobiliaria y concluyó que la ampliación proyectada sobre un inmueble catalogado como de conservación histórica requiere autorización previa de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, al tratarse de una intervención que altera sus condiciones externas y se encuentra comprendida dentro del concepto de refacción previsto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.