Resumen del criterio jurisprudencial
El tribunal acoge en parte el reclamo. se rechaza el argumento de que existe error en la aplicación de las tablas de clasificación atendido que se midió de manera incorrecta la distancia desde la municipalidad de futrono al predio. lo anterior, debido a que se ocupó la formula establecida para ello. también se rechaza el argumento de que existe error en la aplicación de las tablas de clasificación por no considerarse que el predio tiene acceso fluvial. en efecto, de la prueba presentada por las partes se acredita que, no obstante que los ríos o esteros que deben ser atravesados para llegar al predio aumentan su caudal dependiendo de la época del año, no se presentan las condiciones para entender que el acceso al mismo es fluvial. se acoge el argumento de la existencia de un error en la aplicación de las tablas de clasificación por no considerarse la dificultad de acceso al predio, cuestión que fue acreditada por la reclamante y aceptada por el servicio. se aplica un corrector de 40%, reemplazado el 15% que consideró el acto reclamado. la sentencia no fue apelada.